Actualizaciones de la normativa de la ZBE Madrid 2024

ZBE Madrid 2024

Desde el pasado 1 de enero, Madrid ha dado un paso más hacia la sostenibilidad. Gracias a la implementación de una fase renovada de la Ordenanza de Movilidad Sostenible, las restricciones se han intensificado. Así, la de ZBE Madrid 2024 supondrá nuevos cambios que afectarán a la movilidad urbana.

Si quieres enterarte de todas las novedades sobre la ZBE de Madrid durante el año 2024, en tuparkingonline te mantenemos informado. Sigue leyendo y descubre cómo puede afectar a tu parking la actualización de la normativa.

Claves de la ZBE Madrid 2024

La Zona de Bajas Emisiones es una medida que pretende mejorar la calidad del aire y reducir los niveles de contaminantes perjudiciales provenientes del tráfico. Estos contaminantes no solo afectan la salud de los residentes, sino que también contribuyen al cambio climático y otros problemas ambientales. Por ello, en los municipios con más de 50.000 habitantes es obligatorio establecer una Zona de Bajas Emisiones (ZBE).

Madrid ha sido una de las pioneras a la hora de aplicar esta normativa. Sin embargo, esta ha ido tomando forma paulatinamente. Así, a partir del 1 de enero de 2024, las restricciones se han intensificado. La clasificación de vehículos mediante los distintivos ambientales B, C, ECO y 0 se ha vuelto crucial para entender las restricciones. 

A partir de enero de 2024, los vehículos que porten las etiquetas ECO o 0 son los únicos que podrán circular sin limitaciones por la ciudad. Por otra parte, todos aquellos vehículos con etiqueta A (sin distintivo ambiental) tienen prohibido el acceso y la circulación. 

A diferencia del 2023, donde se permitía su circulación fuera de la M-30, ahora la restricción se extiende a todo el territorio municipal. Esta nueva medida contará con una primera fase informativa sin sanciones que, posteriormente, pasará a conllevar multas a partir del 15 de enero. 

Sin embargo, aquellos con los distintivos B y C deberán tener en cuenta algunas condiciones específicas, especialmente en el Distrito Centro y Plaza Elíptica.

ZBE Madrid 2024: requisitos para vehículos con distintivos B y C

  • Acceder a parkings públicos.
  • Estar empadronado en el Distrito Centro (si el vehículo es de tu propiedad y está domiciliado en la ciudad de Madrid).
  • Acceder a talleres de reparación en el interior del Distrito Centro.
  • Ser autónomo o una empresa que desarrolle su actividad en el Distrito Centro.
  • Vehículo dedicado al transporte de personas con tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Personal que trabaja en establecimientos del Distrito Centro con horario nocturno.
  • Vehículos necesarios para ocupaciones y actos autorizados por el Ayuntamiento de Madrid.
  • Contar con una plaza de garaje o ser arrendatario de una plaza de aparcamiento municipal destinada a residentes en el Distrito Centro.
  • Utilizar vehículos para el traslado de alumnos de educación infantil, primaria y secundaria con necesidades que lo exijan. 
  • Utilizar un vehículo exclusivamente destinado al ejercicio del servicio de guardia del Turno de Oficio por parte de los abogados.
  • Obtener la autorización del colectivo cualificado de propietarios de vehículos comerciales e industriales del SER.
  • Los vehículos de transporte con servicio contratado y VTC asignados antes del 24 de octubre de 2018 podrán entrar. Esto es válido siempre y cuando sean accesibles para personas con movilidad reducida.

Cambios previstos para 2025

El Ayuntamiento de Madrid ha anunciado que, en el año 2025, se implementarán nuevos cambios en la normativa de la ZBE. Estos cambios reflejan el compromiso continuo de la ciudad hacia un modelo de movilidad más sostenible. 

Por lo tanto, a partir del 1 de enero de 2025, solo podrán circular los siguientes vehículos sin etiqueta ambiental: 

  • Vehículos adaptados para trasladar personas con movilidad reducida. Siempre que estos estén registrados en el sistema de acceso a Madrid ZBE y tengan la tarjeta de estacionamiento para personas con movilidad reducida.
  • Los vehículos de extinción de incendios y Fuerzas Armadas.
  • Aquellos vehículos que tengan reconocida la consideración de históricos.

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